El Lote 195 fue el segundo proceso de consulta previa en el sector hidrocarburos realizado en el Perú. Este lote tiene una extensión aproximada de 340 mil ha y está ubicado en los distritos de Irazola y Aguaytia, en la provincia de Padre Abad en el departamento de Ucayali; y el distrito de Codo del Pozuzo en la provincia de Puerto Inca, en el departamento de Huánuco.
En el ámbito de este lote se identificó la presencia de los pueblos indígenas shipibo-konibo y kakataibo, asentados en seis comunidades nativas (tituladas, reconocidas o sin reconocimiento). El proceso de consulta previa para este lote se llevó a cabo entre el 30 de enero (etapa de Publicidad) y el 30 de abril (etapa de Diálogo) de 2014.
La consulta previa en el sector hidrocarburos tiene su origen en la emisión de la Resolución Ministerial N° 350-2012-MEM/DM de julio de 2012 por parte del Ministerio de Energía y Minas. Según dicha resolución, el procedimiento administrativo objeto de consulta en hidrocarburos es el Decreto Supremo que aprueba la suscripción de contratos de exploración y explotación de lotes petroleros y gasíferos, en tanto sería la medida que podría afectar los derechos colectivos de los pueblos indígenas. En esa misma Resolución Ministerial, el Ministerio de Energía y Minas determinó que la oportunidad para realizar la consulta previa es antes de la emisión del Decreto Supremo y que la dirección a cargo (entidad promotora) es PERUPETRO, como entidad pública del sector energía y minas.
En julio de 2013, PERUPETRO emite el Acuerdo de Directorio Nº 074-2013 en el que aprueba la propuesta de conformación, extensión y delimitación de 26 lotes, que serían materia de licitación pública internacional para otorgar contratos de licencia para la exploración y explotación de hidrocarburos, entre los que estaba el Lote 195.
La identificación de los pueblos indígenas ubicados en el ámbito del Lote 195 y de sus organizaciones representativas se realizó a través de un trabajo de gabinete y el recojo de información de campo.
Entre el 18 al 25 de noviembre del 2013, PERUPETRO, en compañía del VMI y de representantes de las organizaciones indígenas representativas de la zona, realizó el trabajo de campo en el ámbito del Lote 195. Los pueblos indígenas identificados fueron: shipibo-konibo y kakataibo, asentados en 09 comunidades nativas (tituladas, reconocidas o sin reconocimiento).
Adicionalmente, se identificaron como organizaciones representativas a la Federación Nativa de Comunidades Cacataibo (FENACOCA y a la Federación de Comunidades Nativas Shipibo de la Cuenca del Rio Aguaytia (FECONASHCRA). Ambas agrupadas en las organizaciones regionales Confederación de Nacionalidades Amazónicas del Perú - Ucayali (CONAP-Ucayali) y Organización Regional Aidesep Ucayali (ORAU).
Los días 17 y 18 de marzo de 2013, PERUPETRO contando con la activa participación de los jefes de las comunidades del Lote 195, la directiva de FENACOCA (base de AIDESEP) y FECONASHCRA (base de CONAP), así como de representantes invitados de OJIKAAPI y CODEMIA, Agentes Municipales y Tenientes Gobernadores de las comunidades, elaboraron en forma conjunta el Plan de Consulta para dicho proceso. En estas reuniones preparatorias, el VMI brindó información acerca del derecho y proceso de consulta previa.
El 14 de febrero del 2014, se publicó el Plan de Consulta y la propuesta de medida a consultar en el portal institucional de PERUPETRO. Asimismo, del 30 de enero al 03 de febrero, PERUPETRO hizo entrega de ambos documentos a las organizaciones indígenas del Lote 195, así como a las comunidades nativas del ámbito a través de visitas informativas. Cabe mencionar que el Plan de Consulta se entregó en castellano y traducido a las dos lenguas indígenas.
Entre el 09 de febrero al 8 de marzo de 2014 se desarrollaron tres talleres informativos de dos días cada uno. De estos talleres, un taller se realizó para el pueblo shipibo-konibo y dos para el pueblo kakataibo. Cada taller contó con intérpretes locales (capacitados por el VMI) y con material informativo traducido a cada una de las lenguas de los pueblos indígenas participantes. Asistieron a los talleres unas 120 personas, las cuales recibieron información sobre las actividades de hidrocarburos, sus posibles afectaciones a los derechos colectivos de los pueblos indígenas, el derecho a la consulta previa y sus respectivas etapas, éstas últimas a cargo del VMI. Adicionalmente, durante toda la etapa, PERUPETRO encargó la emisión de spots radiales informativos, los cuales estuvieron también traducidos a lenguas indígenas.
Para esta etapa, los pueblos indígenas se reunieron para evaluar los alcances e incidencias de la medida administrativa y la relación con sus derechos colectivos. Esta etapa duró del 09 al 27 de marzo de 2013 (18 días).
Como resultado de esta etapa, los pueblos indígenas, a través de sus organizaciones representativas, enviaron a PERUPETRO sus actas de evaluación interna. Asimismo, en dichas actas eligieron a los representantes acreditados que participarían en la etapa de diálogo. De este modo, se eligieron once representantes acreditados: dos shipibo-konibo y nueve kakataibo.
Según el Plan de Consulta, el desarrollo de la reunión de Diálogo estaba previsto para el 10 y 11 de abril de 2014. Sin embargo, considerando los problemas sociales del departamento de Ucayali, se acordó, en coordinación con las organizaciones indígenas, la reprogramación de la reunión para los días 29 y 30 de abril de 2014 en la ciudad de Pucallpa.
En esta reunión, la entidad promotora presentó los avances en el proceso de consulta previa, mientras que cada uno de los representantes acreditados de los pueblos indígenas dio a conocer los resultados de sus evaluaciones internas. A partir de ello, tuvo lugar el diálogo sobre las propuestas y comentarios de las evaluaciones internas, para culminar en acuerdos entre la entidad promotora y los representantes acreditados.
Finalmente, se elaboró y firmó el Acta de Consulta con los acuerdos alcanzados sobre los derechos colectivos de los pueblos indígenas. Uno de ellos fue que PERUPETRO revise y mejore la Cláusula Décimo Tercera del Contrato de Licencia, relacionada a los derechos colectivos de los pueblos indígenas, que será incorporada en el Modelo de Contrato para futuras licitaciones y que deberá ser coordinada con el Ministerio de Cultura. Asimismo se alcanzaron acuerdos relacionados con el cuidado ambiental, la contratación de mano de obra indígena, la participación de las comunidades en el monitoreo de las actividades de la empresa operadora, entre otros.
Con Acuerdo de Directorio Nº 057-2014 de fecha 02 de junio de 2014, PERUPETRO acordó “aprobar la decisión para la implementación de la medida administrativa - Decreto Supremo que aprobaría la suscripción del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 195, en la oportunidad que corresponda”.