La entidad promotora del proceso de consulta es el Ministerio de Energía y Minas (en adelante, la entidad promotora), a través de la Oficina de Gestión del Diálogo y Participación Ciudadana (OGDPC) de la Oficina General de Gestión Social (OGGS), según el Decreto Supremo N° 021-2018-EM.
El proyecto de exploración minera Huacullo se ubica en distrito de Oropesa, provincia Antabamba, departamento de Apurímac y se superpone a la comunidad campesina de Huacullo.
En este proceso de consulta previa, la medida a consultar es la autorización de inicio de actividades mineras de exploración del proyecto “Huacullo”, la misma que sería aprobada mediante Resolución Directoral de la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas.
En esta etapa, la entidad promotora definió el alcance de la medida e identificó a la comunidad campesina Huacullo, ubicado en el distrito de Oropesa, provincia de Antabamba, departamento de Apurímac, como parte del pueblo indígena Quechua, como sujeto del derecho a la consulta ya que expresan los criterios de identificación de pueblos indígenas u originarios referidos a la continuidad histórica, conexión territorial, instituciones distintivas y autoidentificación que establece la normativa vigente.
Asimismo, la entidad promotora identificó la posible afectación a los derechos colectivos a la tierra y territorio, a los recursos naturales y a las prioridades de desarrollo de la Comunidad Campesina de Huacullo.
Según el acta de la reunión preparatoria de fecha 15 de noviembre de 2020, la entidad promotora realizó la reunión preparatoria en la comunidad campesina Huacullo. Teniendo como resultado la firma del Plan de Consulta del proyecto Huacullo, entre el Ministerio de Energía y Minas y la comunidad campesina Chilloroya.
La entrega del Plan de Consulta y el proyecto de la medida administrativa a consultar, se realizó en la comunidad campesina Huacullo el 15 de noviembre de 2020, de acuerdo al Plan de Consulta consensuado.
El Ministerio de Energía y Minas, en su calidad de entidad promotora, realizó un (01) taller informativo en la comunidad campesina Huacullo el 12 de diciembre de 2020. El taller contó con la participación de un intérprete.
De acuerdo al Plan de Consulta, el 10 de enero de 2021, mediante asamblea general extraordinaria se llevó a cabo la reunión de evaluación interna del proceso de consulta. El acta señala que la comunidad por unanimidad se encuentra de acuerdo con la propuesta de medida objeto de consulta y solicita se concluya con el proceso de consulta en esta etapa.
La comunidad campesina de Huacullo señaló en su acta de evaluación interna de fecha 10 de enero de 2021, encontrarse de acuerdo con que el Ministerio de Energía y Minas autorice el inicio de actividades de exploración minera del proyecto Huacullo. Con ello, según lo establecido en el artículo 19.4 del Decreto Supremo N° 001-2012-MC, Reglamento de la Ley de Consulta Previa, la señalada acta es considerada por el Ministerio de Energía y Minas como Acta de Consulta Previa.