La entidad promotora del proceso de consulta es el Ministerio de Energía y Minas (en adelante, la entidad promotora), a través de la Oficina de Gestión del Diálogo y Participación Ciudadana (OGDPC) de la Oficina General de Gestión Social (OGGS), según el Decreto Supremo N° 021-2018-EM.
El proyecto de exploración minera Lourdes se ubica en los distritos de Chaviña y Puquio, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho.
En este proceso de consulta previa, la medida a consultar es la autorización de inicio de actividades mineras de exploración del proyecto Lourdes, la misma que sería aprobada mediante Resolución Directoral de la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas.
En esta etapa, la entidad promotora definió el alcance de la medida e identificó a la comunidad campesina Para, ubicado en el distrito de Chaviña, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho, como parte del pueblo indígena Quechuas, como sujeto del derecho a la consulta ya que expresan los criterios de identificación de pueblos indígenas u originarios referidos a la continuidad histórica, conexión territorial, instituciones distintivas y autoidentificación que establece la normativa vigente.
Según el acta de la reunión preparatoria de fecha 03 de marzo de 2020, la entidad promotora realizó dicha reunión preparatoria en el local comunal del Anexo Ccsahuasi. Como resultado se tuvo la firma del Plan de Consulta del proyecto Lourdes entre el Ministerio de Energía y Minas y la comunidad Para.
La entrega del Plan de Consulta y el proyecto de la medida administrativa a consultar, se realizó el 03 de marzo de 2020 de acuerdo a lo detallado en el Plan de Consulta consensuado.
El 16 de marzo de 2020, mediante Oficio N° 088-2020/OGGS/OGDPC, el Ministerio de Energía y Minas informó a la comunidad Para sobre la suspensión temporal del proceso de consulta, por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a causa del COVID-19.
Mediante Oficio N° 00055-2020-CCPARA, remitida al Ministerio de Energía y Minas con fecha 19 de julio de 2020, la comunidad Para aprobó la propuesta de adenda al Plan de Consulta presentada por el Ministerio de Energía y Minas. Mediante la adenda se reprogramaron las etapas de información, evaluación interna y dialogo del proceso.
El Ministerio de Energía y Minas, en su calidad de entidad promotora, realizó un (01) taller informativo en la comunidad campesina Para el 21 de julio de 2020. El taller contó con la participación de un intérprete, según se detalla en acta de taller informativo.
El 22 de julio de 2020 la comunidad campesina Para realizó la etapa de evaluación interna del proceso de consulta previa. Como resultado de dicha reunión la comunidad suscribió el acta de evaluación interna, en la cual señala que “se concluya el proceso de consulta previa en esta etapa”.
La comunidad campesina Para señaló en su acta de evaluación interna de fecha 22 de julio de 2020, encontrarse de acuerdo con que el Ministerio de Energía y Minas autorice el inicio de actividades de explotación minera del proyecto “Lourdes”. Con ello, según lo establecido en el artículo 19.4 del Decreto Supremo N° 001-2012-MC, Reglamento de la Ley de Consulta Previa, la señalada acta es considerada por el Ministerio de Energía y Minas como Acta de Consulta Previa.
Mediante Resolución Directoral Nº 0551-2020-MINEM/DGM, de fecha 21 de agosto de 2020, el Ministerio de Energía y Minas autorizó el inicio de actividades mineras de exploración a favor de PUCARA RESOURCES S.A.C., para el proyecto minero “Lourdes”, ubicado en los distritos de Chaviña y Puquio, provincia de Lucanas, la cual fue materia de consulta previa, según se ha detallado.