La entidad promotora del proceso de consulta es el Ministerio de Energía y Minas (MINEM), a través de la Oficina de Gestión del Diálogo y Participación Ciudadana de la Oficina General de Gestión Social, según el Decreto Supremo N° 021-2018-EM.
El proyecto de exploración minera Pilarica – Fase II se ubica en el distrito y provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho y, se superpone a la comunidad campesina de Santa Cruz de Pichihua.
En este proceso de consulta previa, la medida a consultar es la autorización de inicio de actividades mineras de exploración, la misma que sería aprobada mediante Resolución Directoral de la Dirección General de Minería.
En esta etapa, el Ministerio de Energía y Minas (en adelante, la entidad promotora) definió el alcance de la medida y solicitó la asistencia técnica del Ministerio de Cultura para determinar la presencia de pueblos indígenas u originarios, en relación a la autorización de actividades de exploración del proyecto Pilarica.
En el marco de lo establecido en la Ley Nº 30518, Ley de presupuesto del sector público para el año fiscal 2017 que autoriza en la Cuadragésima Segunda Disposición Complementaría Final, el “Convenio de Transferencia Financiera de Recursos entre el Ministerio de Energía y Minas y el Ministerio de Cultura”, el Ministerio de Cultura identificó que las comunidades campesinas de Santa Cruz de Pichihua y Chalhualla expresan los criterios de identificación de pueblos originarios que establece la normatividad vigente: continuidad histórica, conexión territorial, instituciones distintivas y autoidentificación, en ese sentido, pertenecen a pueblos Quechuas.
Posteriormente, el Ministerio de Energía y Minas identificó a la comunidad campesina de Santa Cruz de Pichihua como sujeto del derecho a la consulta.
Según el acta de la reunión preparatoria de fecha 10 de mayo de 2019, el Ministerio de Energía y Minas realizó dicha reunión con la comunidad campesina de Santa Cruz de Pichihua. Como resultado se tuvo la firma del Plan de Consulta del proyecto Pilarica – Fase II entre el Ministerio de Energía y Minas y la comunidad campesina de Santa Cruz de Pichihua.
La entrega del Plan de Consulta se realizó el 10 de mayo de 2019 en la comunidad campesina de Santa Cruz de Pichihua.
El Ministerio de Energía y Minas, en su calidad de entidad promotora, realizó un (01) taller informativo en el local comunal de la comunidad campesina de Santa Cruz de Pichihua el 9 de junio de 2019, según se detalla en acta de taller informativo. Durante esta etapa, el Ministerio de Energía y Minas expuso sobre lo siguiente: (i) derecho a la consulta previa, (ii) las etapas y actividades, (iii) los derechos colectivos, (iv) las características generales, (v) descripción de las etapas y actividades, componentes principales, impactos ambientales y (vi) posibles derechos colectivos afectados. En dicho taller, se contó con una intérprete, todo ello, según detalla la referida acta.
Según el acta de evaluación interna de fecha 27 de junio de 2019, en el local comunal de la comunidad campesina de Santa Cruz de Pichihua, se realizó la reunión de evaluación interna del proceso de consulta. En esta reunión participaron los miembros de la comunidad, según se indica en dicha acta.
Según el Acta de Consulta de fecha 18 de julio de 2019, en el local comunal de la comunidad campesina de Santa Cruz de Pichihua, se reunieron el Ministerio de Energía y Minas, en su calidad de entidad promotora y, los representantes de la comunidad campesina de Santa Cruz de Pichihua para realizar la etapa de Diálogo.
Mediante Resolución Directoral N° 381-2020-MINEM-DGM, de fecha 22 de junio de 2020, el Ministerio de Energía y Minas, autoriza el inicio de actividades mineras de exploración a favor de FRESNILLO PERÚ S.A.C., para el proyecto minero “Pilarica Fase II”, ubicado en el distrito y provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho, la cual fue materia de consulta previa, según se ha detallado.