La entidad promotora del proceso de consulta es el Ministerio de Energía y Minas (en adelante, la entidad promotora), a través de la Oficina de Gestión del Diálogo y Participación Ciudadana (OGDPC) de la Oficina General de Gestión Social (OGGS), según el Decreto Supremo N° 021-2018-EM.
El proyecto de exploración minero “Antilla” se ubica en los distritos de Sabaino y Huaquirca, provincia de Antabamba, departamento de Apurímac y se superpone a la comunidad campesina de Antilla.
En este proceso de consulta previa, la medida administrativa a consultar es la autorización de inicio de actividades de exploración del proyecto minero “Antilla”, la misma que sería aprobada mediante Resolución Directoral de la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas.
En esta etapa, la entidad promotora definió el alcance de la medida e identificó a la comunidad campesina Antilla, ubicada en el distrito de Sabaino, provincia de Antabamba, departamento de Apurímac, como parte del pueblo indígena Quechuas, como sujeto del derecho a la consulta ya que expresan los criterios de identificación de pueblos indígenas u originarios referidos a la continuidad histórica, conexión territorial, instituciones distintivas y autoidentificación que establece la normativa vigente.
Según el Plan de Consulta, la entidad promotora realizó la reunión preparatoria el 08 de mayo de 2024 en la comunidad campesina de Antilla. Teniendo como resultado la firma del Plan de Consulta del proyecto de exploración minero Antilla, entre el Ministerio de Energía y Minas y la comunidad campesina de Antilla.
La entrega del Plan de Consulta y el proyecto de la medida administrativa a consultar, se realizó en la comunidad campesina de Antilla, el 08 de mayo de 2024, de acuerdo al Plan de Consulta consensuado.
Según el acta de taller informativo, el Ministerio de Energía y Minas, en su calidad de entidad promotora, realizó el taller informativo el 11 de junio de 2024 en la comunidad campesina Antilla. Durante esta etapa, el Ministerio de Energía y Minas expuso los siguientes puntos: (i) derecho y proceso de consulta previa, (ii) procedimientos mineros y la medida a consultar, (iii) características del proyecto de exploración minero Antilla, (iv) impactos ambientales y manejo socioambiental y (v) posibles derechos colectivos afectados. El taller contó con la participación de un intérprete acreditado por el Ministerio de Cultura en lengua quechua.
Según el acta de evaluación interna, el 30 de junio de 2024, la comunidad campesina Antilla, mediante asamblea general extraordinaria, llevó a cabo la reunión de evaluación interna del proceso de consulta. Como resultado de dicha reunión, la comunidad acordó por unanimidad que el Ministerio de Energía y Minas autorice el inicio de actividades de exploración del proyecto minero Antilla. Asimismo, acordó concluir el proceso de consulta previa en esta etapa.
La comunidad campesina de Antilla señaló en su acta de evaluación interna, encontrarse de acuerdo con que el Ministerio de Energía y Minas autorice el inicio de actividades de exploración minera del proyecto “Antilla”. Con ello, según lo establecido en el artículo 19.4 del Decreto Supremo N° 001-2012-MC, Reglamento de la Ley de Consulta Previa, la señalada acta es considerada por el Ministerio de Energía y Minas como Acta de Consulta Previa.

