La entidad promotora del proceso de consulta es el Ministerio de Energía y Minas (en adelante, la entidad promotora), a través de la Oficina de Gestión del Diálogo y Participación Ciudadana (OGDPC) de la Oficina General de Gestión Social (OGGS), según el Decreto Supremo N° 021-2018-EM.
Los proyectos de exploración minera Ccelloccasa Fase I y Ccelloccasa Fase II se ubican en los distritos de Chaviña y San Pedro, ambos en la provincia de Lucanas y departamento de Ayacucho y se superponen a las comunidades de Para y San Pedro.
En este proceso de consulta previa, las medidas a consultar son: (i) Autorización para el inicio de actividades de exploración del proyecto minero Ccelloccasa Fase I”; y (ii) “Autorización para el inicio de actividades de exploración del proyecto minero Ccelloccasa Fase II”, la mismas que serían aprobadas mediante Resolución Directoral de la Dirección General de Minería.
En esta etapa, la entidad promotora definió el alcance de las medidas e identificó a las comunidades campesinas Para y San Pedro, ubicadas en los distritos de Chaviña y San Pedro, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho, como parte del pueblo indígena Quechuas, como sujetos del derecho a la consulta ya que expresan los criterios de identificación de pueblos originarios referidos a continuidad histórica, conexión territorial, instituciones distintivas y autoidentificación que establece la normativa vigente.
Con la finalidad de reiniciar los procesos de consulta previa en el marco del estado de emergencia sanitaria por el COVID-19, el Ministerio de Energía y Minas mediante Oficio N° 225-2021- MINEM/OGGS/OGDPC, de fecha 12 de marzo de 2021, remitió a la comunidad de Para, una propuesta de Plan de Consulta el cual incluye un protocolo de medidas de prevención frente al COVID-19 en procesos de consulta previa que impliquen contacto directo. La comunidad de Para, mediante carta de fecha 3 de mayo de 2021, informó al Ministerio de Energía y Minas, que, por acuerdo comunal, se aprueba la propuesta del Plan de Consulta del proyecto de exploración “Ccelloccasa Fase I y Fase II”.
Según el acta de reunión preparatoria de fecha 19 de setiembre de 2021, la entidad promotora realizó la reunión preparatoria con la comunidad campesina San Pedro. Teniendo como resultado la firma del Plan de Consulta de proyecto de exploración “Ccelloccasa Fase I y Fase II”, entre el Ministerio de Energía y Minas y la comunidad campesina San Pedro.
De acuerdo a los Planes de Consulta, en el caso de la comunidad de Para, la etapa de publicidad se realizaría hasta el 02 de mayo de 2021 y en el caso de la comunidad de San Pedro, la etapa de publicidad se llevó a cabo el día 19 de setiembre de 2021.
Según el acta del taller informativo, el Ministerio de Energía y Minas, en su calidad de entidad promotora, realizó un taller informativo el 30 de mayo de 2021 en el local comunal de la comunidad Para. Por otro lado, los días 24 y 25 de octubre de 2021, se llevaron a cabo dos talleres informativos, el primero en el estadio comunal de la comunidad de San Pedro y el segundo la plaza del centro poblado de San Pablo (perteneciente a la comunidad de San Pedro). Durante esta etapa, el Ministerio de Energía y Minas expuso sobre lo siguiente: (i) derecho y proceso de consulta previa, (ii) los derechos colectivos, (iii) la medida a consultar y las actividades de exploración, (iv) las implicancias e impactos socio ambientales y (v) posibles derechos colectivos afectados. En dicho taller, se contó con un intérprete, según detalla la referida acta.
Según el acta de evaluación interna, del 27 de junio de 2021, la comunidad Para mediante asamblea general llevó a cabo la reunión de evaluación interna del proceso de consulta. Por otro lado, en el caso de la comunidad de San Pedro, según el acta de evaluación interna, del 28 de noviembre de 2021, mediante asamblea general llevó a cabo la reunión de evaluación interna del proceso de consulta. En ambas actas de evaluación interna, las comunidades manifestaron por unanimidad que se encuentran de acuerdo con la propuesta de medida objeto de consulta y solicitan se concluya con el proceso de consulta previa en esta etapa.
Las comunidades campesinas de Para y San Pedro señalaron en sus actas de evaluación interna, encontrarse de acuerdo con que el Ministerio de Energía y Minas autorice el inicio de actividades de exploración minera del proyecto Celloccasa Fase I y Cellocasa Fase II. Con ello, según lo establecido en el artículo 19.4 del Decreto Supremo N° 001-2012-MC, Reglamento de la Ley de Consulta Previa, las señaladas actas son consideradas por el Ministerio de Energía y Minas como Actas de Consulta Previa.