La entidad promotora del proceso de consulta es el Ministerio de Energía y Minas (en adelante, la entidad promotora), a través de la Oficina de Gestión del Diálogo y Participación Ciudadana de la Oficina General de Gestión Social, según el Decreto Supremo N° 021-2018-EM.
Según información del Ministerio de Energía y Minas los proyectos de explotación minera Zona Pablo – UM Pallancata, exploración minera Pablo Sur y exploración minera Cochaloma, se ubican en el distrito de Coronel Castañeda, en la provincia de Parinacochas, departamento de Ayacucho, y se superpone a la comunidad campesina de Pallancata.
En este proceso de consulta previa, la medida a consultar es: i) la autorización de inicio de actividades mineras de explotación del proyecto Zona Pablo – UM Pallancata, ii) la autorización de inicio de actividades mineras de exploración del proyecto Pablo Sur y iii) la autorización de inicio de actividades mineras de exploración del proyecto Cochaloma, las mismas que serían aprobadas mediante Resolución Directoral de la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas.
En esta etapa, la entidad promotora definió el alcance de la medida e identificó la presencia de pueblos indígenas u originarios, identificando a la comunidad campesina de Pallancata susceptible a ser afectada por la medida consultada. La referida comunidad pertenece a los pueblos Quechuas, que se encuentra ubicada en el distrito de Coronel Castañeda, provincia de Parinacochas, en el departamento de Ayacucho.
Según el acta de la reunión preparatoria de fecha 05 de noviembre de 2019, el Ministerio de Energía y Minas realizó dicha reunión con la comunidad campesina de Pallancata. Como resultado se tuvo la firma del Plan de Consulta de los proyectos de explotación minera Zona Pablo – UM Pallancata, exploración minera Pablo Sur y exploración minera Cochaloma entre el Ministerio de Energía y Minas y la comunidad campesina de Pallancata.
La entrega del Plan de Consulta se realizó el 05 de noviembre de 2019 en la comunidad campesina Pallancata de acuerdo a lo detallado en el Plan de Consulta consensuado.
El Ministerio de Energía y Minas, en su calidad de entidad promotora, realizó un (01) taller informativo en la comunidad campesina de Pallancata el 07 de diciembre de 2019. El taller contó con la participación de representantes del Ministerio de Energía y Minas y de la comunidad campesina de Pallancata, según se detalla en acta de taller informativo.
Durante esta etapa, el Ministerio de Energía y Minas expuso sobre las tres medidas administrativas a consultar, las actividades de exploración y explotación, las características técnicas de cada uno de los proyectos mineros, así como los impactos ambientales y el plan de manejo ambiental. En dicho taller, se contó con un intérprete, todo ello, según detalla la referida acta.
Según el acta de evaluación interna de fecha 08 de diciembre de 2019, en el local de la comunidad campesina de Pallancata, se realizó la reunión de evaluación interna del proceso de consulta. En esta reunión participaron los miembros de la comunidad, según se indica en dicha acta.
Según lo establecido en el artículo 19 del Decreto Supremo N° 001-2012-MC, Reglamento de la Ley de Consulta Previa, y en mérito a lo expresado por la comunidad campesina de Pallancata, el acta de Asamblea Extraordinaria de evaluación interna, de fecha 08 de diciembre de 2019, se considera como Acta de Consulta Previa.
La comunidad campesina de Pallancata señaló en su acta de evaluación interna de fecha 08 de diciembre de 2019, que se encontraban de acuerdo con que el Ministerio de Energía y Minas autorice el inicio de actividades de los proyectos de explotación minera Zona Pablo – UM Pallancata, exploración minera Pablo Sur y exploración minera Cochaloma. Con ello, según lo establecido en el artículo 19.4 del Decreto Supremo N° 001-2012-MC, Reglamento de la Ley de Consulta Previa, la señalada acta es considerada por el Ministerio de Energía y Minas como Acta de Consulta Previa.
Mediante las Resoluciones Directorales N° 0008-2020-MINEM/DGM y N° 0009-2020-MINEM/DGM, de fecha 02 de enero de 2020, el Ministerio de Energía y Minas, autoriza el inicio de actividades mineras de exploración a favor de la empresa Compañía Minera Ares S.A.C., para los proyectos “Pablo Sur” y “Cochaloma”, ubicados en el distrito de Coronel Castañeda, provincia de Parinacochas, departamento de Ayacucho, que fueron materia de consulta. Cabe precisar que, el Ministerio de Cultura está a la espera del envío formal de las Resoluciones Directorales en mención para su publicación correspondiente.
Asimismo, mediante Resolución Directoral N° 347-2020-MINEM/DGM, de fecha 09 de marzo de 2020, el Ministerio de Energía y Minas, autoriza el inicio de actividades mineras de explotación a favor de la empresa Compañía Minera Ares S.A.C., para el proyecto “Zona Pablo” – Unidad minera Pallancata, que fue materia de consulta.