En esta reunión, la entidad promotora y los pueblos indígenas u originarios identificados se reúnen y elaboran de manera conjunta el Plan de Consulta.
La reunión preparatoria no es una de las 7 etapas del proceso de consulta, pero se realiza antes de la etapa de publicidad y es fundamental para poder consensuar la manera en que se desarrollará el proceso.
El Plan de Consulta describe qué se consulta, a quiénes se consulta, y recoge el consenso de dónde, cuándo y cómo se desarrollarán las etapas 3, 4, 5 y 6 del proceso de consulta previa. Además, el Plan de Consulta contiene las obligaciones, tareas y responsabilidades de los actores del proceso, el número de acreditados que participarán del diálogo, la participación de intérpretes, los mecanismos para realizar consultas o aclaraciones, el uso de metodologías interculturales, además de las medidas para fomentar la participación de las mujeres indígenas, entre otros aspectos.
No tiene plazo legal.
La entidad promotora y los representantes de los pueblos indígenas u originarios consultados.
El Plan de Consulta ayuda a que la entidad promotora planifique todo lo necesario para el desarrollo del proceso. Sin embargo, en el marco de los principios rectores de buena fe y flexibilidad, puede modificarse por razones justificados.